jueves, 29 de enero de 2015

¿No participo de los cursos de Ganancias de 4ª Categoría?

A continuación ponemos a disposición las grabaciones de los mismos.


  • Parte I - Dictado el día 27/01/2015


Temas desarrollados:

-Copiar Tablas para el año 2015
-Configuración de los conceptos necesarios para generar la liquidación


  • Parte II - Dictado el día 29/01/2015

Temas desarrollados:

- Liquidación de Referencia (Enero-Agosto 2013).
- Liquidación de los distintos tramos de ingresos por aplicación Decreto 1242/13.
- Análisis de la Liquidación de Ganancias y explicación del Recibo.
- Carga de Novedades.
- Emisión F.649.



miércoles, 21 de enero de 2015

En pocos pasos exporta al CITI Ventas con tu Sistema Catedral

sistema contable


Esta semana es el vencimiento de la presentación al CITI Ventas, por lo que dejamos un documento para descargar donde se explica los pasos a realizar para hacer la exportación.


Este servicio se encuentra en el modulo de Subdiarios del sistema Catedral, lee la siguiente presentación y en poco tiempo realiza la exportación.

Descarga el documento AQUÍ



miércoles, 14 de enero de 2015

En 4 pasos como emitir el formulario 649 desde Gestión Integral del Estudio

Mostramos como emitir el F. 649 desde el sistema Gestión Integral del Estudio.


Para la emisión del mismo ir por Sueldos y Jornales>Movimientos> Impuesto a las Ganancias-Rentas de Cuarta Categoría>DDJJ Anual 649

Contabilidad

Una vez en la grilla se deberá indicar:

1º) Rango de Meses a considerar.
2º) Fecha (la misma deberá ser superior a la última liquidación del período a considerar).
3º) Seleccionar los empleados.
4º) Aceptar

Importante: los períodos (meses) liquidados deben estar Cerrados, incluido el mes donde pudo haberse informado Saldos Anteriores.

Bájate el versión para imprimir: Descarga


miércoles, 7 de enero de 2015

CURSOS GRATUITOS - Calendario Mes de Enero 2015

Te presentamos el Cronograma y Temario de Cursos On-line del Sistema Gestión del Estudio



Mira módulos, fechas horarios, y temas a tratar:


Registrate y reserva tu lugar, no te los podes perder!!! AQUI


martes, 6 de enero de 2015

Monotributistas podrán usar las facturas ya impresas

Contabilidad

Desde este martes rige la prórroga para que los monotributistas puedan seguir utilizando facturas impresas antes del 1 de noviembre pasado. 



Es que, a fines de octubre, la AFIP había estableció que a partir del 1° de enero caducaban los talonarios de facturas ya impresos y entraba en vigencia un nuevo procedimiento para imprimir esos comprobantes por parte de los monotributistas.
Básicamente, el nuevo sistema consiste en que el monotributista, previo a encargar las facturas en la imprenta, debe solicitar y obtener por Internet con clave fiscal un “Código de Autorización de Impresión (CAI)” con el cual recién entonces la imprenta podrá imprimir esos comprobantes.
La nueva disposición establece que "los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al día 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el artículo 3° de la resolución general N° 3.665", anunciada en septiembre.
La normativa añade que "podrán emitir los comprobantes aludidos precedentemente, siempre que cumplan con el deber de informar los datos de los citados comprobantes a esta administración federal, y no hubieran utilizado talonarios impresos conforme a lo previsto por la resolución general N° 3.665".

Luego, el texto de la medida detalla los pasos que se deben dar: 


  - Ingresar al sitio web del organismo http://www.afip.gob.ar

  - Entrar al servicio denominado "Autorización de Impresión de Comprobantes"

  - Elegir la opción "Régimen de Información de comprobantes en existencia",      utilizando la respectiva "Clave Fiscal" habilitada con nivel de seguridad 2, como  mínimo.


Descargate la Guía



En este marco, la AFIP precisó que las facturas de los monotributistas en existencia que hayan sido impresas antes del 31 de octubre de 2014, podrán utilizarse sin problemas hasta agotar el stock y sin caducidad, si bien previamente deben declararse ante el ente recaudador.

A partir de ahora, quien reciba una factura de un monotributista deberá comprobar la existencia del número de CAI, salvo que las facturas hayan sido impresas antes del 31 de octubre de 2014.

Ver RG 3704 que estable del procedimiento, el régimen de emisión de comprobantes, registracion de operaciones de información.